[Fuente: Anexo XII del informe de la Novena Reunión de las Partes]
Por Bolivia, Burundi, Canadá, Colombia, Chile, Dinamarca, Ghana, Islandia, Namibia, Nueva Zelanda, Países Bajos, Rumania, Suiza, Uruguay y Venezuela
Considerando que la Organización Meteorológica Mundial ha llegado a la conclusión de que el metilbromuro es sumamente destructivo de la capa de ozono, y que el Grupo de Evaluación Científica de 1994 consideró que la eliminación del metilbromuro es la medida más importante que los gobiernos pueden adoptar para disminuir las pérdidas de ozono en el futuro,
Considerando que también se sabe que el metilbromuro es sumamente tóxico para los trabajadores, para la salud pública y para el ecosistema mundial,
Considerando que en los informes del GETE correspondientes a 1994 y 1997 se ha indicado la existencia de toda una serie de alternativas económicamente viables al metilbromuro tanto en los países industrializados como en los países en desarrollo,
Considerando que en un reciente informe de Environment Canada se ha estimado que los beneficios económicos asociados con la reducción a la exposición a la radiación UV-B sería de 459.000 millones de dólares EE.UU. hasta el año 2060,
Considerando que en la Reunión de las Partes coincidente con el décimo aniversario del Protocolo de Montreal no se adoptó un calendario de eliminación que protegiera adecuadamente la salud pública y el medio ambiente contra el aumento de la radiación UV-B,
Se resuelve que:
Es necesario adoptar medidas urgentes, tanto en el plano nacional como internacional, para eliminar el metilbromuro lo antes posible,
Por consiguiente, los países signatarios se comprometen a promover el uso de alternativas sostenibles al metilbromuro en sus propios países y en todo el mundo.
Montreal, 17 de septiembre de 1997