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Anexo III: Declaración de la delegación de la Federación de Rusia

Tipo de documento
Decision
Número de referencia
-
Fecha
Oct 14, 2016
Fuente
UNEP, InforMEA
Estado
Activo
Materia
Desechos y sustancias peligrosas, Aire y atmósfera
Tratado
Protocolo de Montreal relativo a las sustancias que agotan la capa de ozono (Sep 16, 1987)
Reunión
Twenty-Eighth Meeting of the Parties
Página web
ozone.unep.org
Resumen

La delegación de la Federación de Rusia, haciendo uso de la palabra también en nombre de las delegaciones de Belarús, Kazajstán, Tayikistán y Uzbekistán, quisiera formular una declaración para explicar su posición antes de que se inicie el procedimiento de aprobación de la enmienda relativa a los HFC del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono.

La Federación de Rusia considera que el Protocolo de Montreal es un acuerdo internacional eficaz y exitoso para abordar el problema mundial de preservar la capa de ozono de la tierra.

Hoy día se ha decidido abordar, en el marco de este acuerdo mundial sobre la preservación de la capa de ozono de la Tierra, las cuestiones relativas a la estabilización del cambio climático en la Tierra. Esta es, sin duda, una tarea urgente y digna concebida para ayudar a resolver un problema mundial.

Habida cuenta de los resultados de las negociaciones sobre la enmienda, nos preocupa que, en el debate sobre los principales elementos del posible reglamento sobre los hidrofluorocarbonos (HFC) en el marco del Protocolo de Montreal, las cuestiones relativas a las consecuencias financieras de la enmienda, lamentablemente, no se estudiaron adecuadamente en los términos convenidos por todas las Partes.

En este sentido, la delegación de la Federación de Rusia considera que es necesario expresar una opinión disidente sobre las cuestiones financieras relativas a las actividades del Fondo Multilateral para la aplicación del Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la Capa de Ozono. La posición disidente de la Federación de Rusia se basa en dos consideraciones:

· Los HFC no tienen efectos destructivos sobre la capa de ozono de la tierra y, por lo tanto, no entran en el mandato del Protocolo de Montreal, y el debate sobre la enmienda relativa a los HFC en el Protocolo de Montreal ha sido posible gracias a un consenso de avenencia de las Partes en el Protocolo de Montreal, que expresaron el deseo de contribuir a la solución del problema mundial del cambio climático utilizando los mecanismos del Protocolo de Montreal y la experiencia de cooperación en ese marco. Por lo tanto, la regulación de los HFC en el Protocolo de Montreal se basará exclusivamente en los compromisos voluntarios asumidos por las Partes fuera del mandato del Protocolo de Montreal.

· La parte de la Enmienda de Londres de 1990 del Protocolo de Montreal relativa al establecimiento del Fondo Multilateral fue aceptada y ratificada por las Partes exclusivamente para ayudar a los países que operan al amparo del artículo 5 en la aplicación de medidas para impedir la destrucción de la capa de ozono de la Tierra.

Por consiguiente, la Federación de Rusia considera que la reposición del Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal por países con obligaciones contraídas en virtud de la Enmienda de Londres del Protocolo de Montreal a fin de aplicar medidas tendentes a la regulación de los HFC debe llevarse a cabo de manera voluntaria. Por lo tanto, la Federación de Rusia, Belarús, Kazajstán, Tayikistán y Uzbekistán considerarán que esas contribuciones al Fondo Multilateral son de índole voluntaria.