Los Estados del área de distribución de Psittacus erithacus, con el apoyo de la Secretaría, los expertos pertinentes, las Partes de la CITES pertinentes, las organizaciones no gubernamentales y otros interesados deberían preparar y actualizar planes de acción nacionales, con plazos definidos, resultados a obtener e hitos, para la conservación de la especie. Se deberían abordar los siguientes aspectos clave:
a) según proceda, realizar un estudio de campo, basado en la ciencia, para determinar el estado de las poblaciones de la especie, así como las tendencias de la población en los Estados del área de distribución a fin de examinar los progresos realizados en cuanto a la restauración y conservación de la especie y apoyar las actividades propuestas en el párrafo c);
b) realizar actividades relacionadas con la observancia de la ley a fin de luchar contra el comercio ilegal e informar los resultados en sus informes anuales sobre el comercio ilegal y la aplicación;
c) seleccionar hábitats adecuados en los Estados del área de distribución para la repoblación de Psittacus erithacus cuando sea apropiado y factible, utilizando especímenes de origen silvestre confiscados en el comercio ilegal; y siguiendo las directrices acordadas internacionalmente para esas reintroducciones; y
d) evaluar el estudio de la posibilidad de crear establecimientos de cría en cautividad in situ para la especie, en colaboración con los Estados que tengan establecimientos de cría.