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Resolución Nº 288-12 - Prohíbe la captura y comercialización de Tortugas Marinas.

Country/Territory
Dominican Republic
Document type
Regulation
Date
2012
Source
FAO, FAOLEX
Subject
Fisheries, Wild species & ecosystems
Keyword
Marine fisheries Protection of species Fishery management and conservation Aquatic animals Bycatch Monitoring Endangered species Turtles
Geographical area
Americas, Caribbean, Latin America and the Caribbean, North Atlantic, Small Island Developing States
Abstract

Esta Resolución establece la prohibición por un período de diez (1O) años de la captura, matanza, recolección de huevos y comercialización de tortugas marinas de las familias indicadas a continuación: 1. CHELONIIDAE: A) CHELONIA MYDAS (TORTUGA VERDE); 2. CHELONIIDAE: B) ERETMOCHELYS IMBRICATA (CAREY); 3. CHELONIIDAE: C) CARETTA CARETTA (CAGUAMO); 4. DERMOCHELYIDAE: D) DEMORCHELYS CORIACEA (TINGLAR). Se prohíbe la manufactura, comercio y venta de artesanías elaboradas con conchas de tortugas carey y otras especies. El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales procederá a realizar la vigilancia, monitoreo, inspección, decomisos y sometimientos legales que sean necesarios en los establecimientos comerciales que utilicen o expendan restos, derivados o artesanías de los especímenes indicados, con fines comerciales. La violación de lo dispuesto por el presente decreto será sancionada de acuerdo con lo establecido en los artículos 167 y 168, de la Ley General sobre Medio Ambiente y Recursos Naturales No. 64-00, dei 18 de agosto de 2000.

Full text
Spanish