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Resolución Nº 18 - Norma los valores que la Agencia de Regulación y Control Minero deberá cobrar a los usuarios por concepto de inscripción en el Registro Minero.

Country/Territory
Ecuador
Document type
Regulation
Date
2014
Source
FAO, FAOLEX
Original source
Registro Oficial Nº 245, 14 de mayo de 2014.
Subject
Mineral resources
Keyword
Institution Registration Royalties/fees Legal proceedings/administrative proceedings Mining Exploration Non-governmental entity Concession Contract/agreement
Geographical area
Amazonia, Americas, Andean States, East Pacific, Latin America and the Caribbean, South America, South-Eastern Pacific
Abstract

La presente Resolución norma los valores que la Agencia de Regulación y Control Minero deberá cobrar a los usuarios por concepto de inscripción en el Registro Minero de aquellos instrumentos y actos administrativos determinados en la Ley de Minería y su Reglamento General de Aplicación. Entre tales instrumentos, figuran, entre otros: la calificación de Sujeto de Derecho Minero; los Títulos de Concesiones Mineras; las Reformas o modificaciones a dichos títulos (división o acumulación de áreas mineras); las Actas de adjudicación de subastas y remates mineros; la Declaratoria de áreas especiales y protegidas; la Restitución de áreas mineras del Estado y/o extinción de derechos mineros; los Contratos de cesión y transferencia de derechos mineros; y los Contratos de participación y asociación.

Full text
Spanish
Website
www.registroficial.gov.ec