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Resolución Nº 1.346/92/SUNAD - Considera como puerto de origen el puerto en que se efectúe el desembarco de los productos hidrobiológicos capturados y procesados en aguas internacionales.

Country/Territory
Peru
Document type
Regulation
Date
1992
Source
FAO, FAOLEX
Original source
El Peruano Nº 4501, 7 de noviembre de 1992, págs. 110285 y 110286.
Subject
Fisheries
Keyword
Harbour Landing Fish products Fishery management and conservation
Geographical area
Amazonia, Americas, Andean States, East Pacific, Latin America and the Caribbean, South America, South-Eastern Pacific
Abstract

La presente Resolución, que consta de 3 artículos, aprueba el Programa para la inspección y control de transbordo de productos hidrobiológicos que realizan los barcos de bandera extranjera en puertos peruanos. La Dirección Nacional de Extracción del Ministerio de Pesquería es el órgano competente para recepcionar, evaluar y aprobar las solicitudes de transbordo de los productos provenientes de la pesca de altura efectuada en aguas jurisdiccionales peruanas o adyacentes.

Full text
Spanish