MPCEIP-SRP-2022-0258-A - Determínense los períodos de veda para la “pesquería de recursos peces pelágicos pequeños”, período 2022-2023. Country/Territory Ecuador Document type Regulation Date 2022 Source FAO, FAOLEX Subject Fisheries Keyword Marine fisheries Fishery management and conservation Fishing authorization Marine fishes Protection of species Seasons Authorization/permit Geographical area Amazonia, Americas, Andean States, East Pacific, Latin America and the Caribbean, South America, South-Eastern Pacific Entry into force notes El presente Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su suscripción sin perjuicio a su publicación en el Registro Oficial. Abstract El presente Acuerdo establece el periodo de VEDA REPRODUCTIVA para las especies pelágicas pequeñas: desde el 02 de diciembre de 2022 al 10 de enero de 2023, basados en el seguimiento de los indicadores biológicos (Índice Gonadosomático, seguimiento de huevos y larvas) y orientado a proteger su actividad reproductiva, disminuyendo el esfuerzo pesquero dirigido hacia estos recursos explotados. Además, dispone que, en el periodo de veda establecido, aplican todas las embarcaciones que utilizar “Red de cerco de jareta” y cualquier arte de pesca que su captura objetivo sea peces pelágicos pequeños, incluidas las redes “Chichorro de Playa”. Durante este periodo de veda, se dispone la prohibición para; la captura, transporte y comercialización de las especies pelágicas pequeñas, así como toda especie que no siendo pelágicas pequeñas ocupan de manera habitual un espacio acuático común por su dinámica poblacional, tales como carita (Selene oerstedii); hojita (Chloroscombrus orqueta); chazo o gallinaza (Peprilus medius) trompeta (Fistularia corneta), corbata (Trichiurus lepturus) y gallineta (Prionotus spp). Full text Spanish Website nube.produccion.gob.ec