Ley Nº 67 - Crea la Dirección Nacional de Parques. Country/Territory Dominican Republic Document type Legislation Date 1974 Source FAO, FAOLEX Original source Gaceta Oficial Nº 9335, 24 de mayo de 1974. Subject Forestry, Wild species & ecosystems Keyword Institution Protected area Cultural heritage Protection of habitats Wild fauna Wild flora Management/conservation Biodiversity Geographical area Americas, Caribbean, Latin America and the Caribbean, North Atlantic, Small Island Developing States Abstract La presente Ley, que consta de 17 artículos, crea la Dirección General de Parques, organismo autónomo, encargado de desarrollar, administrar, ordenar y cuidar un sistema de áreas recreativas, históricas, naturales e indígenas que tendrá como objetivo fundamental la conservación y perpetuación de la herencia natural y humana del país (art. 1º). Para ser considerada como unidad a incluir en el sistema, un propuesto parque o reserva deberá poseer importancia nacional o tener un gran potencial para suministrar servicios, y además deberá ser de suficiente tamaño para conservar las formaciones naturales completas y especies individuales de flora y fauna (art. 3º). Para sufragar los gastos la Dirección contará con el Fondo Nacional de Parques y con las partidas anuales asignadas (arts. 8º y 9º). Una vez creados los parques y reservas, sus límites no podrán ser modificados sin la aprobación del Congreso Nacional (art. 15). Full text Spanish