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Ley de Desarrollo Asentamientos Urbanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Chiapas.

Country/Territory
Mexico
Territorial subdivision
Chiapas
Document type
Legislation
Date
2017
Source
FAO, FAOLEX
Original source
Periódico Oficial Nº 337, 27 de diciembre de 2017.
Subject
Agricultural & rural development, Land & soil, Water, Wild species & ecosystems
Keyword
Youth Gender Indigenous peoples Land-use planning Local government Agricultural land Equity Climate change Hazards Early warning system Legal proceedings/administrative proceedings Soil conservation/soil improvement Sustainable use Human rights Sustainable development Water conservation zone Waterworks Protected area Cultural heritage
Geographical area
Americas, Central America, East Pacific, Latin America and the Caribbean, North Atlantic, North Pacific, North-East Pacific
Abstract

La presente Ley es de orden público e interés social y de observancia general en todo el territorio del Estado de Chiapas. Las disposiciones de esta Ley tienen por objeto: I.Fijar las normas básicas e instrumentos de gestión de observancia general, para ordenar el uso del territorio y los Asentamientos Humanos en la entidad, con pleno respeto a los derechos humanos, así como el cumplimiento de las obligaciones que tiene el Estado para promoverlos, respetarlos, protegerlos y garantizarlos plenamente; II.Establecer la concurrencia del Gobierno del Estado y los municipios para la planeación, ordenación y regulación de los Asentamientos Humanos en el territorio del Estado de Chiapas; III. Fijar los criterios para que, en el ámbito de sus respectivas competencias exista una efectiva congruencia, coordinación y participación entre el Gobierno del Estado y los municipios, y entre éstos con la Federación,para la planeación de la Fundación, crecimiento, mejoramiento, consolidación y conservación de los Centros de Población y Asentamientos Humanos, garantizando en todo momento la protección y el acceso equitativo a los espacios públicos; IV. Definir los principios para determinar las provisiones, reservas, Usos de Suelo y destinos de áreas y predios que regulan la propiedad en los Centros de Población; V. Propiciar mecanismos que permitan la participación ciudadana en particular para las mujeres, jóvenes y personas en situación de vulnerabilidad, en los procesos de planeación y gestión del territorio con base en el acceso a información transparente, completa y oportuna, así como la creación de espacios e instrumentos que garanticen la corresponsabilidad del gobierno y la ciudadanía en la formulación, seguimiento y evaluación de la política pública en la materia.

Full text
Spanish
Website
www.congresochiapas.gob.mx