Ecolex Logo
The gateway to
environmental law
Search results » Legislation

Decreto Nº 65/005 - Dispone que los titulares o armadores de buques pesqueros de bandera nacional mayores de 10 TRB con permisos categoría C y D deberán comunicar a DINARA el inicio de cada marea a fin de que se le designe observador.

Country/Territory
Uruguay
Document type
Regulation
Date
2005
Source
FAO, FAOLEX
Subject
Fisheries
Keyword
Fishing vessel Enforcement/compliance
Geographical area
Americas, Latin America and the Caribbean, South America, South Atlantic
Abstract

Considerando conveniente reglamentar los diversos aspectos necesarios para la designación de los observadores, el presente Decreto establece la obligación de los titulares o armadores de buques pesqueros de bandera nacional de 10 TRB de comunicar el inicio de cada marea con la antelación especificada en el artículo 1º, a fin de que se les designe observador. El observador deberá tener libre acceso en el buque (art. 11).

Full text
Spanish