Decreto Nº 37/00 - Reglamento de la Ley de protección para las obtenciones vegetales. Country/Territory Nicaragua Document type Regulation Date 2000 Source FAO, FAOLEX Original source La Gaceta Nº 102, 31 de mayo de 1999, págs. 2799-2806. Subject Cultivated plants Keyword Plant production Breeders' rights/farmers' rights Planting material/seeds Plant variety Biotechnology Genetic resources Legal proceedings/administrative proceedings Registration Authorization/permit Royalties/fees Intellectual property rights/patents Geographical area Americas, Central America, East Pacific, Latin America and the Caribbean, North-East Pacific Abstract El Reglamento, que consta de 11 capítulos y 52 artículos, establece que el derecho de obtentor es un derecho de propiedad intelectual que se adquiere mediante la inscripción en el registro y se prueba con el titulo otorgado. Tal derecho es comercializable, transferible y heredable. Los modos de explotación, plazo y ámbito territorial pactado se limitan a lo previsto específicamente en el contrato. El derecho de obtentor es aplicable a las variedades de todos lo géneros y especies vegetales que han sido desarrollados y obtenidos mediante un proceso de mejoramiento inherente al género y especie de que se trate. Full text Spanish