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Acuerdo Nº 31-2012 ─ Restringe por un año las exportaciones de pieles de bovinos en bruto, frescas o saldas, secas, o conservadas de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma.

Country/Territory
Nicaragua
Document type
Regulation
Date
2012
Source
FAO, FAOLEX
Original source
La Gaceta Nº 223, 21 de noviembre de 2012.
Subject
Livestock
Keyword
Cattle International trade Animal by-products
Geographical area
Americas, Central America, East Pacific, Latin America and the Caribbean, North-East Pacific
Abstract

El presente Acuerdo restringe por un año las exportaciones de pieles de bovinos, en bruto, frescas o saldas, secas, encaladas, piqueladas o conservadas de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma, incluso depiladas o divididas, procedentes de la matanza nacional, de manera que pueda exportarse hasta el 10 por ciento de la producción mensual nacional de cuero en bruto. Los mataderos industriales podrán exportar hasta el 10 por ciento de su producción mensual de pieles en bruto.

Full text
Spanish
Website
www.asamblea.gob.ni

References - Legislation

Amended by

Acuerdo Nº 23-2018 ─ Amplía el plazo de vigencia del Acuerdo Nº 31-2012, que restringe por un año las exportaciones de pieles de bovinos en bruto, frescas o saldas, secas, o conservadas de otro modo, pero sin curtir, apergaminar ni preparar de otra forma.

Legislation | Nicaragua | 2018

Keyword: Cattle, International trade, Animal by-products

Source: FAO, FAOLEX